MUERTE DIGNA

Una vez más tenemos que usar este blog para intentar aclarar la confusión surgida por la utilización de los términos del título.

En los documentos de la Iglesia, como en la jerga común, muerte digna significa que se respeten los parámetros naturales como finalización del don de Dios que es la vida.

Hay quienes pretenden envolver la eutanasia y el suicidio asistido con el ropaje de muerte digna. A esto es a lo que debemos oponernos.

A la eutanasia, porque ningún hombre puede decidir sobre la vida de un semejante. Aunque no entienda el por qué de sus sufrimientos.

Al suicidio porque creemos que sólo Dios da y quita la vida terrena. El hecho de que a veces alguien, disminuido o perdido el control de sus facultades por el sufrimiento o la desesperación lo haga, es algo que a sólo Dios, Justo y Misericordioso, deberá dar cuentas, pero el hecho en sí es reprobable.

Para nosotros “muerte digna” es la que respeta la situación de la persona en el tramo final de su existencia terrena. Tratando de evitarle dolores y angustias, en la medida que esto fuera posible. “Ante una muerte inevitable, es lícito renunciar a tratamientos que únicamente prolongarían precaria y penosamente la existencia” dice Juan Pablo II en “Iura et bona” del 5 de mayo de 1980. Lo que correspondería sería la utilización de los llamados “remedios paliativos”, que quizá no pueden incidir en la curación o mejora de su dolencia, pero que le hacen más soportable la situación.

Que en lo posible esté rodeado al final de su vida del afecto de los suyos, y le sea dado tener una paz espiritual preparándose para el paso definitivo hacia Dios, sin el encarnizamiento terapéutico que a veces no esconde más que motivos económicos, o a lo sumo de experimentación a costa del padecimiento agregado al moriente. El derecho a la muerte digna, o lo que es lo mismo, poder morir con dignidad, como lo expresamos aquí, es un derecho humano fundamental.


EXPRESIÓN DE VOLUNTAD ANTICIPADA